jueves, 25 de abril de 2013

Paridad del poder adquisitivo


Paridad del poder adquisitivo


Este blog será destinado para hacer una retroalimentación de la clase de Sistemas Financieros, tratando de recolectar las reflexiones e ideas principales de las lecturas más mis conclusiones personales que serán resultado también en parte de las discusiones realizadas en clase, sobre cada tema específico.



Entre dos países sus tasas de inflación no sólo alteran sólo tipo de cambio spot, también las expectativas de su valor en un futuro. 
La ley de precios únicos, en un planteamiento en el que se incluye la teorización de la Paridad del Poder adquisitivo. Esta ley relaciona directamente el tipo de cambio con los precios de productos individuales, el autor resume la ley así:
"En los mercados competitivos, en ausencia de costos de transporte y barreras al comercio, los productos idénticos deben tener el mismo precio en diferentes países en términos de una determinada moneda".


Si este postulado funcionar así solamente se tendría que relacionar el precio con el producto con una moneda con otra moneda. Definir el tipo de cambio sería facilísimo si hubiera una comparación de productos. Si hubiera un desajuste en la ley se podría hacer arbitraje ya que se beneficiaría el comprar en un lugar y vender en otro. Por ejemplo que un producto cueste en México 120 pesos pero en Estados Unidos se venda a 11.5 dólares y el tipo de cambio esté a 11 pesos, en México el producto sería más barato y por lo tanto convendría comprar en México y vender en Estados Unidos.

Sin embargo esta ley no se establece por que no hay mercados con estas normas de perfección, siempre hay barreras comerciales y los costes de transporte casi siempre existen. Además no todos los productos se ofertan al mercado exterior y los precios se sujetan también a las grandes empresas que tienen un efecto en el mercado debido a sus decisiones y arreglos.

Algunos productos son comerciables (bienes básicos y commodities) y otros no son comerciables (productos muy perecederos o que sean muy costosos para transportar).

Los precios de los productos de las empresas trasnacionales varían dependiendo del grado de elasticidad que cuente cada tipo de mercado en cada país.
Al final deja el autor debido a todos estos lineamientos una ley de precios únicos muy limitada:


Los productos comerciables idénticos deben tener el mismo precio en diferentes países en términos de la misma moneda, suponiendo información perfecta y gratuita, ausencia de costos de transacción y obstáculos al comercio.
El siguiente análisis teórico es el de la Paridad de Poder adquisitivo absoluta, en esta se conjugan los prcsión únicos de los productos y se consolida por el nivel general de precios. Según esta teoría el tipo de cambio entre las dos monedas debe ser igual al resultado de la división de dividir los niveles de precios de dos países.

Se establece entonces que los niveles de precios deben de ser iguales cuando se expresan en la misma moneda. PPAA sólo es posible en países que miden la canasta básica con los mismos productos, sin embargo esto no funciona en países con condiciones distinta. 

El PPAA además no se cumple si la cantidad entre los bienes no comerciables y comerciables en las canastas de referencia son distintos.

La Paridad del Poder Adquisitivo  se refiere a sus tasas de cambio.


Para ejemplificar de mejor manera, es interesante analizar el "BigMc effect" una idea de The Economist de basar un index en este icono de la comida rápida que es vendido por todo el mundo para hacer una comparación del poder adquisitivo entre cada país. 






Biblografía
ZBIGNIEW KOZIKOWSKI, Z. [2001]: Finanzas Internacionales. Editorial. McGraw Hill

No hay comentarios:

Publicar un comentario